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Declarar la incapacidad mental de un presidente es un camino complejo
junio 24, 2024

Requiere que 3 médicos: uno por el IESS, otro por el Ministerio de Salud y otro por la Federación de Facultades de Medicina, presenten un informe. La cuestión política se calienta en la Asamblea: “Si los locos tiene que aclarar que son o no locos, es un problema de ellos”, dijo Franklin Samaniego. 

La jefa de la bancada oficialista, Valentina Centeno, y el legislador Fernando Jaramillo, ex Gente Buena y recién incorporado a ADN, podrían ser sancionados por la Asamblea. En el Legislativo se considera que cometieron una falta grave por denunciar una presunta intención de la oposición de declarar la inhabilidad mental del presidente de la República, Daniel Noboa. Así lo advierte la Legislatura en un comunicado institucional en el que califica de “artimaña política” lo expresado por los dos asambleístas, sin que hayan aportado una sola prueba al respecto.

La también legisladora oficialista Nathaly Farinango asegura que lo denunciado por Centeno no fue una expresión al azar, sino que la alerta provino del Ministerio de Gobierno, por lo que inclusive Jaramillo puso en conocimiento de la Fiscalía una “noticia crímini” para que investigue si hubo o no esa intención de la oposición legislativa.

Para Franklin Samaniego (correísmo), la posición oficialista no es más que una paranoia que no tiene sustento, pero que le sirve como distractor para tapar medidas duras que tomará el Gobierno, como el incremento en el precio de los combustibles, la presencia incómoda de su vicepresidenta, Verónica Abad, a pesar de los intentos por separarla del cargo, o para evitar que la ciudadanía reclame por la ola de inseguridad, que no ha disminuido. “Este momento lo que necesita el país son respuestas; si los locos tiene que aclarar que son o no locos, es un problema de ellos, no nuestro”, dijo Samaniego, al advertir que seguirán con la labor legislativa y de fiscalización.

Por su parte, Gabriel Bedón, de Construye, dijo que es inadmisible que el oficialismo trate de “generar cucos para asustar a la democracia”. El legislador considera que los dos asambleístas del oficialismo sí deberían ser sancionados, ya que no pueden acusar a la Asamblea de atentar contra la institucionalidad del Estado.

Lo de fondo

El analista político Alfredo Espinosa Rodríguez considera improbable que la oposición haya pensado en recurrir a la figura de declarar “loco” a Noboa para sacarlo del poder cuando le tiene bloqueado en la Asamblea. “Tiene los votos necesarios para fungir como contrapeso frente al régimen. Lo vimos cuando se intentó retirar la inmunidad a la vicepresidenta Abad para que pueda ser enjuiciada penalmente”, dijo Espinosa. Para el analista, lo de fondo es que el Gobierno intenta posicionar una narrativa de que en la Asamblea se revive la vieja política caracterizada por la troncha. “A través de sus voceros Noboa da a entender que el Gobierno puede ser víctima de esta troncha entre el Partido Social Cristiano, la Revolución Ciudadana y Construye; mientras que él representa esa visión de nueva política, que es bastante discutible”, dijo Espinosa. Con lo que el Gobierno buscaría que la opinión pública se entretenga en un debate estéril e intente desviar la atención a la condición mental del gobernante, cuando hay temas más importantes, como las cifras que no cuadran en el ámbito de la seguridad, su forma de hacer política o sus declaraciones a la revista The New Yorker, que terminaron por “hacerle un flaco favor”, dijo el analista.

Un camino complejo

Alejandro Muñoz, secretario general de la Asamblea, certificó que ni en el debate ni en la resolución del 20 de junio con la que el Pleno rechazó las declaraciones a la revista estadounidense existieron intervenciones, menciones o moción alguna que se refiera a la declaratoria de inhabilidad mental del Presidente de la República.

Este es un mecanismo que consta en la Constitución. El numeral 2 del artículo 120 señala como una de las atribuciones de la Asamblea: “Declarar la incapacidad física o mental inhabilitante para ejercer el cargo de Presidenta o Presidente de la República y resolver el cese de sus funciones de acuerdo con lo previsto en la Constitución”.

Sin embargo, no es un proceso sencillo, ni de la noche a la mañana. Hay algunos requisitos previos que se deben cumplir y que constan en la Ley de la Función Legislativa. Primero tiene que existir una petición de la mayoría absoluta (70 votos) de los miembros de la Asamblea. La petición debe ser calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). Una vez calificada la petición, en el plazo máximo de 20 días, el CAL solicitará al IESS, al Ministerio de Salud y a la Federación de Facultades de Medicina del Ecuador, ternas de profesionales para que integren el comité de médicos especializados.

De las ternas entregadas, el Pleno designará a tres médicos, quienes, en el máximo de 10 días hábiles, presentarán un informe detallado de la salud física y mental permanente del mandatario.

Este informe será conocido por el Pleno que en un solo debate y con las dos terceras partes de sus integrantes (92 votos) podrá declarar la incapacidad física o mental permanente e inhabilitante de la Presidente de la República y por tanto el cese de sus funciones.

De darse este caso lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia por el tiempo que reste para completar el correspondiente período presidencial, señala la normativa.      

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