Sectores políticos aseguran que las nuevas preguntas no solucionan los problemas del país; constitucionalista indica que hay los mismos errores del primer paquete.
POR: Hugo Constante
Una serie de críticas de la oposición ha levantado el segundo paquete de preguntas que el presidente de la República, Daniel Noboa, remitó a la Corte Constitucional como antesala de una consulta popular. Desde lo políco, el legislador Comps Córdova (correísta) calificó a Noboa como un «muchacho caprichoso» por insistir en la consulta cuando el país tiene problemas urgentes por resolver a los que, para él, el Gobierno no les da atención.
Marlon Vargas, presidente de la Conaie, dijo en cambio que las preguntas no benefician a la población. Y así los criterios políticos van desde el costo de la consulta hasta un apartamente direccionamiento en contra de la Corte Constitucional.
Y desde lo estrictamente jurídico también se han elevado críticas al contenido, a la redacción y a la estructura del nuevo paquete de preguntas.
El constitucionalista José Chalco advierte que, salvó en el tema del Consejo de Participación Ciudadana, el Ejecutivo cae en los mismos errores del primer paquete. «El equipo jurídico (de la Presidencia de la República) está haciendo parcialmente sus deberes. Hay una serie sistemática de errores y no quisiera pensar que son voluntarios, bajo conocimiento y entendimiento de lo indebido que está» la propuesta, señala el experto. Chalco ve ausencia de rigurosidad en el tratamiento técnico constitucional a lo largo de las preguntas propuestas.
Y un solo ejemplo le permite graficar esta serie de errores de «forma». En la reforma para prohibir que se use el nombre, imagen y otra información de personas que hayan cometido delitos como peculado, concusión, cohecho y enriquecimiento ilícito, el proyecto señala textualmente que se aplicará en aquellos casos que haya «sentencia ejecutoriada». «Debían poner sentencia ‘condenatoria’ ejecutoriada, es lo básico», dijo Chalco, ya que también hay sentencias ejecutoriadas de ratificación de la inocencia, pero como está redactada la propuesta la prohibicion también operaría en esos casos.
Los anexos de las preguntas
En los anexos que acompañan las preguntas, el presidente Noboa plantea los procedimientos que propone aplicar en caso de que su propuesta sea aprobada en las urnas.
En el caso de los casinos, una vez reformulada la pregunta, señala que remitirá a la Asamblea el proyecto de ley para el funcionamiento de salas de juego y casinos en hoteles cinco estrellas, la delimitación zonal, montos mínimos de inversión, requisitos de infraestructura y demás asuntos.
En cambio, no da mas detalles en el caso de que se reforme la ley para prohibir que se use el nombre e imagen e personas con sentencia ejecutoriada por un grupo específicos de delitos contra la administración pública; tan solo menciona que remitirá a la Asamblea el proyecto de ley.
Lo mismo sucede con la propuesta de reformar la Ley de Garantías Constitucionales y Control Constitucional, que tiene más de 200 artículos. En su propuesta el Ejecutivo menciona que quiere una reforma que incluya la organización, funcionamiento y los procedimientos para el cumplimiento de las atribuciones de la Corte Constitucional, pero no menciona algo concreto.
Las otras preguntas
En la pregunta para crear un registro de las personas con sentencia condenatoria ejecutoriada por agresiones sexuales, en el anexo de la pregunta se propone incluir un inciso final al artículo 393 de la Constitución, que se refiere a la seguridad humana y la convivencia pacífica, con el objetivo de que se incluya ese registro para prevenir la participación de esos agresores en actividades que los vinculen con niños y adolescentes.
La pregunta que modificaría la votación requerida en la Corte Constitucional para resolver actuaciones del Ejecutivo está acompañanda del anexo para reformar los artículos 436 y 438 de la Constitución.
Noboa propone que, cuando la Corte Constitucional trate leyes que hayan sido remitidas por el presidente de la República, declaratorias de estados de excepción y propuestas de consulta popular, la declaratoria de incostitucionalidad necesite para su aprobación seis votos (mayoría calificada), de los nueve jueces que integran ese organismo.
Para implementar la pregunta que permitiría juzgar y sancionar con procedimientos expeditos a quienes cometan delitos de robo, extorsión o receptación, la intención es reformar el artículo 81 de la Constitución para incluir esos delitos. La norma actual permite el procedimiento expedito en «casos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que se cometan contra niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad, adultas mayores y personas que, por sus particularidades, requieren una mayor protección».
Y, finalmente, para transferir a la Asamblea la competencia de designación de autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana, el Ejecutivo sí explica todos los cambios normativos necesarios para dar ese paso: eliminar los numerales 9, 10, 11 y 12 del artículo 208 de la Constitución. Esos numerales dan la potestad al Consejo de organizar los procesos y designar al Fiscal, Procurador, miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), entre otros.
También propone eliminar los artículos 209 y 210 de la Constitución sobre la organización de comisiones ciudadanas de selección que debe cumplir el Consejo de Participación; y reforma el artículo 120 de la Constitución para dejar en manos de la Asamblea los procesos y designanación de autoridades, entre otros cambios.
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