Bono por residencia se amplía a otros cargos altos de la Asamblea

Este beneficio que antes recibían solo los asambleístas, ahora también beneficiará a funcionarios que forman parte del nivel jerárquico superior.

En momentos en que la Asamblea ha decidido sesionar en otras ciudades y provincias, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) modificó el reglamento para el pago de viáticos, subsistencias, movilización, subsidio terrestre dentro y fuera del territorio nacional y viáticos por gastos de residencia.

De acuerdo a los considerandos del documento, había la necesidad de emitir un nuevo reglamento de conformidad con la normativa vigente, «las necesidades institucionales, asegurando el uso óptimo y eficiente de los recursos presupuestarios asignados a la Asamblea».

Reglamento es aplicable a los asambleístas, a los servidores legislativos, el personal asignado a la Escolta Legislativa. Así como al personal de seguridad, que presten sus servicios en la Legislatura.

El cambio

El reglamento vigente es una modificación al expedido al 20 agosto de agosto de 2025 y el principales cambio entre uno y otro documento es en relación a viáticos por gastos de residencia.

En el anterior documento la compensación se pagaba únicamente a los asambleístas que no viven en Quito y que su lugar habitual de residencia esté a 60 kilómetros a la redonda de la capital.

Con el cambio al reglamento, aparte de los legisladores, ahora también se beneficiarán quienes ejerzan como secretario general, prosecretario, administrador general; secretarios de Comunicación, Relaciones Internacionales e Interinstitucionales, y Técnica Legislativa; coordinadores Generales; asesores de la Presidencia; Asesores Nivel 1 de: la Presidencia, Vicepresidencias de la Asamblea Nacional, de Bancada, de los despachos de los asambleístas y de los Vocales del Consejo de Administración Legislativa.

El cálculo y pago de los viáticos diarios cuando se autorice la comisión al interior del país, se mantienen sin modificación: 150 dólares diarios para el Presidente de la Asamblea, Vicepresidentes; miembros del CAL; asambleístas; secretario General; administrador general; secretarios de Comunicación; Relaciones Internacionales e Interinstitucionales; y de Técnica Legislativa.

110 dólares diarios para prosecretario General; los coordinadores generales; asesores del Presidente; Jefes de la Seguridad Inmediata de la presidencia y vicepresidencias de la Asamblea Nacional, Jefe de la Escolta Legislativa.

80 diarios para los servidores legislativos de la gestión parlamentaria y administrativa que no estén incluidos en el numeral anterior, el jefe de seguridad y el personal asignado a la seguridad de las autoridades y Asambleístas, y personal de la escolta legislativa.

También se mantiene el cálculo de los viáticos al exterior: 250 dólares diarios para el primer grupo, 220 para el segundo, y 190 para el tercer grupo.

Hugo Constante
Hugo Constante
Licenciado en Comunicación Social por la Universidad Central del Ecuador. Editor general en METROHOY, Jefe de Información en Diario HOY, periodista judicial y político en Diario La Hora. Coberturas especiales: Caída de los Presidentes Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad, Lucio Gutiérrez., 30 S , paros nacionales 2019 y 2022.

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