El oficialismo aprobó la cuestionada reforma que, entre otros aspectos, sustituye la licencia ambiental por una autorización administrativa.
Por segunda ocasión el oficialismo logró los votos mínimos en el pleno de la Asamblea para que se le apruebe una propuesta de Ley remitida por el Presidente de la República, Daniel Noboa.
El pasado viernes fue con la reforma al Cootad, y esta mañana con el proyecto de Ley reformatoria en temas mineros y de energía eléctrica, los dos calificados de económicos urgentes por el Ejecutivo.
Para lograr la aprobación del proyecto de «Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía”, se tuvo que realizar dos votaciones. La primera, en la que se aprobaron los artículos del 1 al 28 y el conjunto de disposiciones, se lograron 77 votos a favor, 70 en contra y cuatro abstenciones.
En una segunda votación se negó la aprobación del artículo 29 del proyecto, ya que ese había sido la condición que pusieron algunos asambleístas amazónicas para dar sus votos por el resto del articulado.
El articulo excluido hacía referencia a la Ley de Energía Eléctrica y pretendía modificar los porcentajes que en la normativa actual reciben las provincias amazónicas en caso de superávit económico de las empresas generadoras de energía eléctrica.
Lo aprobado
La ley aprobada reforma la normativa minera y la de energía eléctrica. Sin embargo, fue el tema minero el que concentró el debate del Pleno, que se cumplió en Samborondón.
El texto aprobado mantienen al menos dos temas que fueron cuestionados por comunidades, organizaciones campesinas, indígenas, activistas, entre otros.
Uno de esos temas es el cambio de licencia ambiental por una «autorización administrativa ambiental» para la ejecución de temas mineros. Para activistas mineros y ambientalistas, esto implica reducción de los controles y permisos ambientales y dejar de lado la consulta previa, libre e informada que se debe cumplir para actividades en mineras en las comunidades.
El otro tema es la incorporación de las áreas mineras con protección de seguridad estratégica, que son aquellos espacios territoriales que por su ubicación, importancia económica, carácter estratégico, infraestructura asociada o riesgos para el interés nacional, requieren protección por parte de las Fuerzas Armadas.
La normativa establece que en las áreas en que exista presencia de grupos criminales, las Fuerzas Armadas, brindarán apoyo hasta neutralizar la amenaza y restablecer las condiciones de normalidad.
La presencia militar será para proteger la integridad del personal, instalaciones, infraestructura minera y activos estratégicos; para prevenir, disuadir y neutralizar actividades ilícitas que afecten la seguridad del área, incluyendo minería ilegal, sabotaje, ocupaciones ilegales y otras amenazas a la seguridad del Estado; para apoyar a las autoridades competentes en el control del territorio y en la preservación del orden.
Para organizaciones como la CONAIE, FENOCIN y otras de carácter indígena y campesino, esto implica una puerta abierta para la militarizar los territorios.
Sin embargo, Alejandro Lara (ADN), ponente de la Ley, el objetivo es atraer inversión con reglas claras sin que la actividad deje de estar bajo la rectoría y el control del Estado.

