Una misteriosa tranquilidad del correísmo cuando, al parecer, no se iba a aprobar su propuesta de reformar las causales de revisión de condenas activó las alertas: habían incluido el tema dentro como una disposición general. La sesión se suspendió. Asambleístas de la Comisión de Justicia reconocieron que aprobaron el informe sin haberlo leído o admitieron que fue un error.
POR: Hugo Constante
A la bancada correísta se le escapó esta tarde un triunfo camuflado, que eventualmente hubiese podido abrir una puerta para que su líder, Rafael Correa, regrese al país en algún momento, pese estar sentenciado por corrupción y prófugo de la Justicia. Esa posibilidad habría quedado abierta, según los opositores al correísmo, si se aprobaba el conjunto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que, entre otras modificaciones, contempla la inclusión de dos causales más para beneficiarse del recurso de revisión de una sentencia condenatoria. Por falta de consensos, el presidente de la Asamblea, Henry Kronfle, suspendió la sesión de este segundo debate, sin fijar nueva fecha para la reinstalación.
El origen de la pugna
Esas dos causales adicionales al recurso de revisión son: si se comprueba que los hechos que fundamentan la sentencia fueron establecidos mediante vicios de procedimiento insubsanables o graves violaciones al debido proceso; y (la que cuestiona la oposición al correísmo), en situaciones donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas identifiquen violaciones a los Derechos Humanos o errores en el debido proceso en sentencias condenatorias. “Estas decisiones, pronunciamientos o recomendaciones serán consideradas como fundamentos legales válidos para la revisión judicial de las sentencias en Ecuador”, según la reforma propuesta.
Para bancadas como la de Construye, esta inclusión fomentaría la impunidad. Jorge Peñafiel, de esa agrupación, manifestó que se pretende incrementar en el país una instancia más “para que la Justicia no valga nada”. Aseguró que ningún comité o instancia de Derechos Humanos puede cambiar la vigencia de una sentencia ejecutoriada.
Por su parte, el correísmo defendió esa reforma en particular. “¿A qué le temen?”, “cumple estándares internacionales”, “no beneficia el expresidente Correa”, “son sólo causales, la decisión final la tomarían los jueces de la Corte Nacional de Justicia”, fueron algunos argumentos de los integrantes del correísmo como Viviana Veloz y Fernando Cedeño.
Sin embargo, hasta la Fiscalía, en un comunicado donde cuestiona parte de estas reformas, indicó que incluir como causal del recurso de revisión un nuevo análisis sobre vicios procesales y pronunciamientos de comités de Derechos Humanos “no sólo va en contra del sentido y finalidad de este recurso sino que —además— irrespeta la institución de cosa juzgada…”.
¿Casi les sorprenden?
Con esos argumentos se desarrollaba el segundo debate y la oposición a la reforma al recurso de revisión, como estaba planteado, iba creciendo. Vicente Taiano, jefe de bloque del Partido Social Cristiano, manifestó que la reforma era buena en más del 90% de temas, pero que había aspectos que no debían incluirse, por lo que propuso que se votara en dos bloques: los que tenían el respaldo general para ser aprobados y los artículos que eran cuestionados para que haya la posibilidad de negarlos.
“En mi calidad de presidente de la Comisión (de Justicia), de ponente y de legislador (…) he enviado una moción en la que recogemos el criterio del asambleísta Vicente Taiano”, respondió Cedeño.
En efecto, su moción fue votar un bloque de temas en los que la mayoría estaba de acuerdo, como el incremento de penas en ciertos delitos, la tipificación de feminicidio, e incluyó, entre otros, la disposición general única.
Y votar en otro bloque cinco temas en los que no había acuerdos para ser aprobados y generaban resistencia: aumentar la lista de delitos imprescriptibles, propagación de enfermedades infectocontagiosas, extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, levantar la reserva de la investigación para ciertas instituciones, y el cuestionado recurso de revisión.
De cierta manera, la actitud tranquila del correísmo, sin oponerse y aceptando rápidamente la propuesta, sorprendió en el Pleno. Se daba por sentado que así se irían a votación. La voz de alerta la dio Peñafiel, quien indicó que en la moción de Cedeño el tema de revisión, si bien sería eliminado como artículo, se mantenía como disposición general, única en el paquete de reformas propuestas para aprobación y con medidas más duras.
Esa disposición general mantiene el espíritu de la propuesta de reforma al recurso de revisión pero añade que la Corte Nacional de Justicia revisará de oficio, y sin demora, las sentencias afectadas y que los jueces tendrían como máximo dos meses y medio para ejecutar esos nuevos fallos. De no hacerlo, se podría llegar a la destitución y, en algunos casos, incluiría hasta responsabilidad penal.
Con esta alerta, Taiano manifestó que no hubo consenso para apoyar la moción de Cedeño, por lo que se suspendió la sesión hasta llegar a un acuerdo que sería una tercera forma de votación, revisando ciertas temáticas.
¿Qué pasó en la Comisión?
Este informe llegó al Pleno con la aprobación unánime de todos los integrantes de la Comisión de Justicia, donde están socialcristianos, correístas, de Gente Buena, independientes, ADN. ¿Cómo se aprobó con esos cuestionamientos que se exhibieron en el Pleno? “Nos entregaron el informe ya bien tarde y no tuvimos tiempo de leer, ya que es voluminoso”, indicó fuera de grabación uno de los asambleístas que aprobó el informe en la Comisión y que en el Pleno cuestionó su contenido.
“Fue un error que haya sido aprobado de esa manera y hay que reconocerlo”, dijo Taiano, integrante de la Comisión de Justicia, pero que no actuó en la sesión de aprobación del informe, sino que envió a su alterna.
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