La Revolución Ciudadana detalla en la solicitud el incumplimiento de funciones en el que habría incurrido el presidente del Consejo de la Judicatura
En la Asamblea está en marcha el análisis de las solicitudes de juicio político en contra de Mario Godoy, presidente del Consejo de la Judicatura; y de cinco consejeros del Consejo de Participación Ciudadana para verificar si cumplen con los requisitos para ser calificados a trámite por parte del Consejo de Administración Legislativa (CAL).
Los proponentes, Viviana Veloz y Luis Molina, asambleístas del correísmo, aseguran que no hay motivos para frenar los procesos de sustanciación de esos juicios políticos ya que las solicitudes cumplen con la que estipula la normativa legislativa para ser calificadas. Estás son las causales y argumentos por la que se proponen esas interpelaciones.
Proceso contra Mario Godoy, presidente de la Judicatura
Los cinco asambleístas de la Revolución Ciudadana que proponen el juicio político contra Godoy por incumplimiento de funciones son: Viviana Veloz, Raúl Chávez, Liliana Durán, Franklin Samaniego y Xavier Lasso.
Los legisladores aseguran que incumplió los numerales 1 y 3 del Artículo 168 de la Constitución, relacionados con la independencia interna y externa de los órganos de la Función Judicial, ya que fue permisivo y pasivo ante las presiones indebidas ejercidas por sus subordinados directos, como el director provincial de Pichincha, Henry Gaibor, quien habría intervenido coercitivamente sobre el juez anticorrupción Carlos Serrano Lucero para influir en el desarrollo del caso “Euro 2024”, sugiriendo argumentos favorables a la defensa del procesado Jezdimir Srdan.
«Tal injerencia, beneficiaba directamente a su conocido ex cliente, por lo que, evidentemente, no fue -ni iba a ser- controlada ni sancionada por el señor Godoy Naranjo, a pesar de su obligación jerárquica y constitucional de velar por la autonomía de los operadores judiciales, lo que evidencia, que estamos frente a una omisión dolosa que facilita la infiltración de intereses externos en el sistema judicial», argumentan los legisladores.
También se refieren a un posible conflicto de intereses derivado de la participación activa de su esposa, la abogada Dolores Vintimilla, como defensora del mismo procesado hasta noviembre de 2024, con notificaciones continuas hasta 2025; agravando esta situación al haber omitIdo cualquier intervención para proteger la integridad física del juez Serrano Lucero frente a las amenazas directas vinculadas que recibió de Srdan. Como por ejemplo, el gesto intimidatorio durante la audiencia del 20 de noviembre de 2025 y el incremento del riesgo cuantificado en 38% por la Policía Nacional el 27 de noviembre de este año, lo que culminó en el retiro de su custodia policial el 2 de diciembre, su renuncia y exilio.
«Estas omisiones, claramente no son culposas sino dolosas, y no solo vulneran el principio de independencia, sino que también activan las responsabilidades administrativa, civil y penal previstas en la norma constitucional, extendiéndose, lógicamente, a la responsabilidad política por atentar contra la esencia misma de un poder judicial autónomo e imparcial», consta en la solicitud.
Aparte de 23 noticias de prensa, los proponentes piden los testimonios de 19 personas, entre los que constan Solanda Goyes, exvocal de la Judicatura; del juez anticorrupción Carlos Serrano Lucero; y del presidente de la Corte Nacional de Justicia, José Suing Nagua.
Para la censura y destitución de una autoridad de la Judicatura se requieren 101 votos (mayoría calificada).
Proceso contra consejeros del Consejo de Participación Ciudadana
El proponente es el asambleísta Luis Molina en contra de los consejeros de Participación Ciudadana: Andrés Fantoni, David Rosero, Jazmín Enríquez, Johanna Verdezoto y Piedad Cuarán.
Molina en las causales propuestas para la interpelación explica que hay tres tipos de responsabilidad política. La primera, de la consejera Johanna Verdezoto al designar a su asesor Christian Troya como delegado a la Comisión Técnica de selección a sabiendas de la existencia de un conflicto de interés entre Troya y Mario Godoy, de quien también fue asesor y colaborador muy cercano.
La segunda, responsabilidad política de los consejeros que votaron a favor de la conformación y reconformación de la Comisión Técnica de Selección, con la inclusión Troya, a sabiendas del conflicto de intereses con Godoy. “En este punto, es preciso mencionar que era responsabilidad de cualquiera de los consejeros, realizar la verificación de cumplimiento de requisitos, tanto dentro del proceso, como al momento de emitir su voto; situación que, no ocurrió, y que, se tradujo en la conformación de una Comisión con un claro incumplimiento del reglamento emitido por la misma institución”, señala el legislador.
Y la tercera responsabilidad política recae, asegura Molina, sobre el presidente del Consejo, Andrés Fantoni, pues a pesar de que fue puesto en su conocimiento, e incluso elevado a
moción, en una sesión Plenaria, la necesidad de verificar el conflicto de intereses, no realizó acción alguna ni dio trámite a la petición de la consejera, Piedad Cuarán, situación que evidencia un claro incumplimiento, tanto de sus atribuciones como consejero, como presidente y mucho más al propio reglamento emitido por este organismo.
El legislador añade que en el concurso para la designación de los vocales de la Judicatura se presentaron 17 impugnaciones y cinco de ellas fueron en contra de Godoy, pero que todas fueron rechazadas. Para Molina, las impugnaciones fueron archivadas con el argumento de que no tenían validez alguna, pero que al revisar la documentación, al menos tres cumplían con los requisitos de ley.
Molina concluye que los consejeros son responsables políticamente de incumplir la atribución de organizar y vigilar la transparencia, en los procesos de selección a su cargo, y de incumplir atribuciones legales, establecidos por el mismo Consejo de Participación en el reglamento de selección, para los procesos de impugnación y archivaron impugnaciones que contaban con pruebas que tenían completa validez legal.
Como prueba testimonial anuncia los nombres de 24 personas. Para la censura y destitución de una autoridad del Consejo de Participación, se necesita mayoría absoluta, es decir 77 votos.
El CAL resolverá la calificación del juicio político contra Mario Godoy este domingo.



