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Reformas al COIP: hay que separar el ‘chocolate’ del ‘cianuro’
febrero 16, 2024

Los asambleístas aseguran que la reforma tiene aspectos positivos, como el incremento de penas, pero que el correísmo busca también introducir temas que favorecerían la impunidad. ¿Cuáles son los cambios en los que hay acuerdos y cuáles en los que no?

“Era como chuparse un chocolate, pero con cianuro”, aseguró el asambleísta de Sociedad Patriótica Lucio Gutiérrez, con relación al proyecto de reformas al COIP, cuyo tratamiento se suspendió ayer hasta una nueva convocatoria. “La forma de desbloquear el tratamiento de las reformas es quitando lo malo. Lo que debe hacerse es identificar lo bueno y dejar de lado lo malo”, dijo, por su parte, el legislador de Construye, Jorge Peñafiel.

Los dos asambleístas coinciden, al igual que legisladores de otras bancadas, en que el proyecto contiene aspectos positivos para combatir la inseguridad en el país, cambios en la legislación que son necesarios en este momento de crisis, como el incremento de penas para ciertos delitos, la tipificación del feminicidio y la eliminación de ciertos beneficios carcelarios. 

Sin embargo, ratificaron que su aprobación no se pudo dar en el Pleno de la Asamblea, ya que la bancada correísta quiso mantener en el texto disposiciones que ellos consideran favorecerían la impunidad: modificaciones a la figura de la revisión de la sentencia —que la eliminaban del articulado pero la mantenían en la disposición general única—, y el acceso a la reserva de investigaciones previas, principalmente. 

La Fiscalía también manifestó, a través  de un comunicado, su oposición a que se quiera obligar a esta institución a archivar una investigación previa cuyo delito no ha prescrito; que se le obligue a entregar información reservada a determinadas instituciones y que se amplíe el catálogo de delitos imprescriptibles sin un sustento técnico jurídico.

Un camino difícil

En la Asamblea aún no está claro el panorama para darle continuidad al segundo debate de las reformas y llegar a votación. Como está la situación no hay votos para aprobar el proyecto de Ley, por falta de consenso en los textos.

El problema radica en que el asambleísta Fernando Cedeño, presidente de la Comisión de Justicia e integrante de la bancada correísta, ya presentó la moción para que se vote en dos bloques, dejando el texto del recurso de revisión en el bloque de articulados que deberían ser aprobados junto a los de incrementos de penas. Y esa moción es la que, de acuerdo con la técnica parlamentaria, debe votarse primero. Para Peñafiel, votada esa moción, y al no aprobarse, deberá presentarse otra moción que podría provenir del oficialismo, donde se hagan nuevos bloques de artículos que serían aprobados y los que no, previo el acuerdo de las bancadas. 

La Ley da la posibilidad de que el texto que entró a segundo debate regrese a la Comisión de Justicia para que haga los cambios respectivos, pero en esa Mesa el correísmo tiene 5 de 10 legisladores, que le posibilitan ratificarse en sus planteamientos para que en último término Cedeño ejerza su voto dirimente. Hay también la alternativa de que, si no hay acuerdo en la Comisión para  aprobar los cambios propuestos, sea Cedeño el que, por su propia cuenta, realice los ajustes y mocione ante el Pleno la aprobación del proyecto de Ley. Todo dependerá de los acuerdos a los que lleguen las bancadas.

El proyecto 

Lo que aseguran los distintos bloques es que el proyecto de Ley no debe ser archivado porque hay elementos importantes. Esos son algunos elementos que destacan los legisladores: 

  • La expulsión y prohibición de retorno al país de extranjeros que hayan sido sentenciados a más de cinco años de prisión. Actualmente, una vez cumplida la pena, no pueden retornar por un lapso de 10 años; con la reforma esa prohibición se extiende a 20 años. 
  • Se tipifica el feminicidio. Según el texto propuesta es la sanción que se impondría a un servidor público que niegue o retarde el auxilio para evitar el femicidio. La sanción sería de uno a tres años de prisión y destitución del cargo e inhabilitado para ejercer cualquier cargo público de tres a cinco años. 
  • Las condenas por sicariato pasarían de 22 a 26 años actuales, a entre 26 y 30 años.
  • La norma actual sanciona la la instigaciòn al suicidio con prisión de uno a tres años.  Con la reforma se añade que, si quien instiga al suicidio es un familiar o persona de su entorno íntimo, la prisión será de tres a cinco años. 
  • El secuestro extorsivo, cuya pena actual es de 10 a 13 años, pasaría de entre 13 y 16 años. Además, a la pena máxima se le aumentarìa un tercio si se cumple determinadas condiciones, por ejemplo si ese tipo de secuestro se prolonga por más de 48 horas; si la víctima es una persona menor de 18 años, mayor de 75, mujer embarazada o persona con discapacidad o que padezca enfermedades que comprometan su vida.
  • La extorsión sexual que hoy se sanciona con penas de tres a cinco años pasaría a condenas de entre cinco y siete años. 

Lo que no están dispuestos a aprobar:

  • El incremento de delitos imprescriptibles, como cohecho, concusión, lavado de activos, terrorismo, financiación del terrorismo, delincuencia organizada, reclutamiento de niños y adolescentes con fines delictivos.
  • Sanción por propagación de enfermedades infectocontagiosas. Cuando una persona,  conociendo que está infectada con alguna enfermedad infectocontagiosa, intencionalmente infecte a otra.
  • Extralimitación en la ejecución de un acto de servicio.
  • La exclusión de la reserva de la investigación previa en aquellos casos en que organismos como el Consejo de la Judicatura, la Contraloría, la Defensoría del Pueblo, o la Asamblea Nacional, soliciten información de casos o hechos que se encuentran en investigación previa, circunstancia en la cual la Fiscalía, sin la excusa de reserva, remitirá toda la información requerida.
  • Nuevas causales para acceder al recurso de revisión de la condena. 

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