El rechazo se da porque consideran que se estaría afectando a la Seguridad Social y a los pacientes con enfermedades catastróficas. El Ejecutivo afirma que las reformas presentadas buscan adecuar el contexto actual.
La presentación a la Corte Constitucional del proyecto de decreto ley de urgencia económica para la transparencia de las finanzas públicas le abrió nuevamente frentes de oposición al Presidente Guillermo Lasso, ya próximo a terminar su mandato.
Sectores sindicales, sociales, de jubilados, maestros, entre otros, han solicitado al organismo constitucional que emita dictamen no favorable respecto al proyecto de decreto ley por considerar que atenta a los derechos de estos sectores. El Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y el Partido Socialista, por separado presentaron amicus curiae en la Corte en los que exponen sus argumentos en contra de la propuesta del Ejecutivo, que esperan sean tomados en cuenta por los jueces constitucionales al momento de tomar la decisión.
José Villavicencio, presidente del FUT, aseguró que la propuesta del Gobierno afecta a la seguridad social, a los trabajadores, a los estudiantes y a las personas con enfermedades catastróficas. “El Estado es el principal deudor del Seguro Social y hoy se plantea eliminar los intereses sobre esa deuda”, critica Villavicencio. Además, pidió que los jueces de la Corte revisen los elementos que están planteando de carácter jurídico legal para que no den paso a lo que ellos llaman un “paquetazo neoliberal y no una Ley”.
Por su parte, Andrés Campaña -concejal de Quito- y Gustavo Vallejo, representantes del Partido Socialista, indicaron que el contenido del documento presentado por el Ejecutivo no justifica que sea considerado con el carácter de urgencia económica. “Además hemos encontrado dos disposiciones en contra de la sostenibilidad del Seguro Social y en contra de las personas que merecen una atención prioritaria como son nuestros adultos mayores, afiliados, jubilados, pensionistas del IESS y de las personas con enfermedades con enfermedades catastróficas y de alta conflictividad”, dijo Campaña.
Los sectores sociales
Reynaldo Mendieta de la Coordinadora de Defensa de la Seguridad Social del Ecuador (CODSSE), que aglutina a jubilados del IESS, ISSFA, ISSPOL, dijo que no es justo que el Gobierno se vaya en contra de la vida y la salud de los jubilados y de personas de la tercera edad. Para Mendieta, el objetivo del Gobierno con este decreto ley es privatizar la seguridad social . “Son fondos que no le pertenecen al Estado, sino a los jubilados y afiliados”, dijo.
En el mismo sentido se pronunció José Ortiz, presidente del Frente Único Nacional de Defensa del IESS. Manifestó que es una demostración de que el país no vive en un Estado de derecho, sino que el Estado trata de apoderarse de los dineros de los afiliados y jubilados. “Lasso no ha hecho nada para lograr un acuerdo para el pago de la deuda histórica al IESS y de comisión en comisión vamos camino a la destrucción de la seguridad social”, señaló Ortiz.
Por su parte, Mendieta anticipó que si la Corte Constitucional da paso al Decreto Ley, los jubilados y pensionistas irán hasta las últimas consecuencias, sin descartar una huelga de hambre de cuyas consecuencias responsabilizó desde ya a la Corte y al Gobierno.
Los artículos cuestionados
Uno de los aspectos que establece la Ley de Seguridad Social en su artículo 103, relacionados a las prestaciones de salud, es que los afiliados tienen derecho al tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública, bajo la modalidad de un fondo solidario financiado con el aporte obligatorio de los afiliados y empleadores y la contribución obligatoria del Estado. Esto es en concordancia con el artículo 50 de la Constitución que establece la obligatoriedad del Estado de garantizar a todas persona que sufra de enfermedades catastróficas o de alta complejidad el derecho a atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y eficiente.
En el proyecto de decreto Ley, el Ejecutivo pretende reformar este artículo de la Ley de Seguridad Social para que el tratamiento de este tipo de enfermedades la contribución obligatoria sea del 33,33%.
Otra disposición que el Ejecutivo quiere incorporar al Código de Finanzas y, que cuestiona la oposición es la transitoria 35 en la que consta que los intereses generados por las contribuciones que tenga pendiente de liquidación el Estado, por concepto del pago del aporte del 40% de las pensiones jubilares desde la promulgación de la Constitución con el IESS y que a la fecha de expedición del decreto-ley se encuentren pendientes de pago, serán redimidos en su totalidad.
Otro tema es la prohibición del cobro de intereses o multas generados por el no pago oportuno de bienes, servicios adquiridos, así como por contribuciones periódicas, aportes, cuotas e inscripciones, siempre que esto ocurra entre entidades públicas que forman parte del Presupuesto General del Estado.
Para Henry Llanes, analista en seguridad social, eso significaría elevar a Ley la “mala costumbre de no pagar las deudas”. Llanes pidió ser recibido en audiencia pública por la Corte Constitucional.
Mientras que el Ejecutivo, al justificar la propuesta, afirma que las reformas presentadas al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas buscan adecuar el contexto actual con las responsabilidades que tiene en cuanto a la gestión y administración de las finanzas públicas.
Añade que se ha planteado remisión de intereses para obligaciones generadas entre entidades del sector público, en el periodo específico de la pandemia del Covid-19, y que estas medidas deben tratarse con prontitud por cuanto los valores generados atentan contra el equilibrio de las finanzas públicas.
Y en relación a presupuestos en materia de salud y educación, señala que el siguiente Gobierno tendrá la responsabilidad de formular y ejecutar el Presupuesto General del Estado por una ocasión, razón por la cual es “responsable contar con mecanismos adecuados que permitan gestionar de forma eficiente el incremento anual de asignaciones presupuestarias en educación y salud, como lo garantiza la Constitución, sin que el cumplimiento de dichas disposiciones implique un desequilibrio en las cuentas fiscales a fin de garantizar que las mismas tengan con una fuente de financiamiento”.
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